Aplicación «Ocio responsable»
Castilla-La Mancha obliga a la hostelería a registrar a los clientes identificados con código QR mediante la aplicación «Ocio Responsable» antes de entrar en el local.

Contexto oficial de la medida
El vicepresidente regional, José Luis Martínez Guijarro, ha señalado que el uso de esta aplicación será obligatorio en virtud del nuevo decreto de medidas para combatir la pandemia, dirigido a la prevención y contención en establecimientos de hostelería.
La Junta asegura que el uso de esta herramienta digital “permitirá un seguimiento con absoluta confidencialidad de los datos”. Para dar a conocer la aplicación, se ha lanzado una campaña dirigida a los más jóvenes y un envío masivo de SMS a los ciudadanos de la región.
¿Cómo funciona?
- El titular del establecimiento (bar o restaurante) instala «Ocio Responsable en CLM» en su móvil.
- El titular registra su local en la JCCM.
- El cliente no tiene que poseer la aplicación, pero debe obtener su código QR —o marca de la bestia— en la web de «Ocio Responsable».
- La Junta de Comunidades envía el código QR al móvil del cliente por SMS.
- Al entrar, el establecimiento solicita el código QR al cliente y lo escanea con la aplicación; sin código QR no puede acceder.
- La aplicación remite los datos a la Junta, que nos mantiene bajo control como en una novela orwelliana.
- Quien no cumpla, recibe una multa.
¿Desde cuándo funciona?
Empezó a funcionar el 12 de febrero de 20211, pero no tardaron ni un día en aplazar su obligatoriedad un mes2 debido a las enormes críticas recibidas y a los múltiples fallos reportados por usuarios y hosteleros. (Nota: El anuncio original de la app para el ocio nocturno se realizó en agosto de 2020).
Ventajas, inconvenientes y gran polémica
Para los rastreadores, sobre el papel, será más fácil localizar a los contactos de una persona infectada por SARS-CoV-2, pero existen numerosos perjuicios, brechas y una profunda resistencia social:
- Vulneración de la privacidad y dudas legales: Se ha denunciado repetidamente que la exigencia de un “salvoconducto” tecnológico atenta contra la intimidad y el derecho de libre circulación. La Asociación Empresarial Centro Mancha (ASECEM) acudió a los tribunales solicitando su suspensión cautelar por discriminar a quienes no poseen medios tecnológicos. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) denegó la suspensión cautelar argumentando que no era “la medida más perjudicial” para la hostelería, pero admitió a trámite el recurso por presunta vulneración de derechos fundamentales.
- Chapuzas informáticas: Políticos y usuarios demostraron que el sistema carecía de la seguridad necesaria. Se hizo público que la plataforma permitía registrar códigos QR con nombres falsos y números de teléfono totalmente inventados, lo que convertía la pretendida “trazabilidad” y el rastreo de contagios en algo completamente inútil.
- Cargas inasumibles para la hostelería: Se impone a los camareros y dueños de locales la responsabilidad de ejercer de “policías sanitarios” escaneando códigos a las puertas de los negocios, añadiendo una carga de trabajo irrazonable a un sector ya castigado económicamente por las restricciones.
- Estigmatización del sector: Atribuye indirectamente a los locales de ocio contagios ocurridos en otros lugares o situaciones donde no se exige ningún control similar.
- Brecha digital: Quien no disponga de un teléfono inteligente o conocimientos de internet no podrá entrar en un establecimiento. Esto discrimina de facto y aísla socialmente a gran parte de las personas mayores.
Créditos de las imágenes
La imagen ocio-responsable-login.webp es una captura de pantalla de la aplicación móvil «Ocio Responsable» y es propiedad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Se utiliza en este artículo con fines informativos y críticos, al amparo del derecho de cita establecido en el artículo 32 de la Ley de Propiedad Intelectual española.
Referencias
D.O.C.M., Resolución de 11/02/2021, de la Consejería de Sanidad, de medidas de prevención y contención del coronavirus COVID-19 en bares, restaurantes y resto de establecimientos de hostelería. ↩︎
Resolución de 12/02/2021, de la Consejería de Sanidad, sobre la eficacia de la Resolución de 11/02/2021, de medidas de prevención y contención del coronavirus COVID-19 en bares, restaurantes y resto de establecimientos de hostelería. ↩︎